6 de abril de 2011

Criterios de accesibilidad en la comunicación

Definición de la accesibilidad en la comunicación:
Un servicio o equipamiento se considera accesible en cuanto a la comunicación cuando permite el derecho de todas las personas a la información y/o comunicación básica y esencial que se necesita para su uso.
El sistema escrito o pictográfico se considera accesible si cumple los requisitos siguientes:

  • Su presencia es detectable por un usuario que se aproxime con un medio de transporte desde 200 m de distancia.
  • Su presencia es detectable por un usuario que se aproxime como viandante des de 50 m de distancia.
  • Dispone de medios complementarios de tipo sonoro para su comprensión para personas con limitación total o parcial de la visión.
  • Si la señal está ubicada en el interior de un edificio o un recinto de uso público para viandantes, permitirá su identificación táctil mediante relieve y contraste de colores.

Uno de los medios complementarios que pude solucionar la comprensión por personas con limitación total o parcial de la visión es dotar de información sonora los rótulos de información escrita. Esta información de tipo sonoro se tiene que poder activar por el usuario  que lo necesite para evitar la contaminación acústica permanente para el resto de usuarios.

El sistema idóneo es la activación por mando a distancia, siempre que esté estandarizado.

Otra posibilidad, técnicamente menos costosa, es que la activación se realice mediante un pulsador fácilmente detectable por el usuario. El contraste de color es un aspecto muy importante para la buena legibilidad de la información escrita por parte de todos los colectivos, especialmente para las personas con visión parcial. El relieve de la letra puede ser útil para otras personas.

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