7 de abril de 2011

Criterios de accesibilidad en la comunicación

Principales recursos técnicos y humanos para hacer accesibles los sistemas ordinarios de información y comunicación

Recursos para compensar las alteraciones o discapacidades de la visión:
  • Ceguera

El código Braille es el sistema de escritura y lectura más extendido para las personas con deficiencias visuales. Las letras se forma a partir de un código generador compuesto por la posición definida de seis puntos, que sobresalen en alto relieve respecto a la superficie del papel. Las combinaciones táctiles de éstos puntos del código generador van definiendo una a una todas las letras, signos de puntuación, etc., idénticos a los del grafismo escrito. La escritura se realiza en el reverso de la superficie y de derecha a izquierda, y su lectura queda disponible en el anverso y de izquierda a derecha, de la misma forma que se lee un texto escrito.
Los ordenadores se pueden adaptar para que permitan el uso del sistema Braille o la conversión en voz, así como el enregistramiento sonoro en el soporte tecnológico adecuado.

  • Visión parcial
Para que un máximo de personas con visión parcial pueda acceder a leer textos escritos se recomiendan los parámetros básicos siguientes: mida de la letra adecuada, buen contraste de color entre la letra y el fondo, y contorno de la letra bien definido y sin ornamentos.
Los ordenadores se pueden adaptar para que permitan la ampliación de caracteres.

Sistemas de señalización
  • Ceguera
Transformación en el sistema táctil adecuado de mapas, planos y maquetas.
Sistemas sonoros, como megafonía, timbres y sistemas de almacenamiento de voz.
  • Visión parcial
Iluminación, contorno, medida y color adecuados.
Sistemas especiales que permitan la adaptación del cine, teatro o similares.


Criterios de accesibilidad en la comunicación

Medios de comunicación
Los anuncios de administraciones públicas de interés general que puedan afectar a todos los ciudadanos, que sean difundidos por los medios de comunicación, serán efectuados en idéntica proporción por los medios escritos y por los audiovisuales.


Los sistemas informáticos compuestos por escáner, software de reconocimiento de caracteres y software de sintetización de voz reproducidos por ordenadores multimedia, son equipos que están fácilmente al alcance y que permiten a las personas con dificultades de la visión a toda la información escrita.


Criterios de accesibilidad en la comunicación

Accesibilidad en la comunicación: en el transporte

Autobuses urbanos y metropolitanos:

Los vehículos adaptados de nueva adquisición tendrán que disponer de un sistema de megafonía, y mantenerlo en servicio, que informe en su interior, con antelación, de cada parada, y en el exterior del número de línea. Éstas indicaciones tendrán que figurar escritas en un sistema de rotulación adecuado.

Metro y ferrocarril:
Las unidades de nueva adquisición o que tengan que ser remodeladas dispondrán de un sistema de megafonía en las mismas condiciones establecidas por los autobuses en el apartado anterior, igualmente en lo referente al sistema de rotulación.


En el dibujo vemos dos sistemas de pre aviso visual de parada dentro del vehículo: mediante texto dinámico o bien por indicador luminoso de itinerario.


Pre aviso sonoro de línea o destino incorporado al autobús

Pre aviso sonoro de línea o destino incorporado a la parada de autobús


Pre aviso sonoro de línea o destino
incorporado a la parada del ferrocarril

Criterios de accesibilidad en la comunicación

Accesibilidad en la comunicación: en la edificación
Las instalaciones en sistemas de alarma tendrán que funcionar sistemáticamente de forma sonora y luminosa, ambas con la misma intensidad.



Criterios de accesibilidad en la comunicación

Accesibilidad en la comunicación: En el urbanismo
La señalización delos itinerarios de viandantes, elementos de urbanización y de otros elementos urbanos diversos, en forma de rótulos o señales, tendrá que tener un contorno nítido, coloración viva y contrastada con el fondo, letras de 4 cm de altura como mínimo, a 1,50 m de altura respecto el suelo y que permitan la aproximación de las personas a 5 cm. En el caso de estar iluminadas, lo estarán siempre desde el exterior, para facilitar la lectura próxima, y se colocarán de forma que no constituyan un obstáculo.

6 de abril de 2011

Criterios de accesibilidad en la comunicación

Definición de la accesibilidad en la comunicación:
Un servicio o equipamiento se considera accesible en cuanto a la comunicación cuando permite el derecho de todas las personas a la información y/o comunicación básica y esencial que se necesita para su uso.
El sistema escrito o pictográfico se considera accesible si cumple los requisitos siguientes:

  • Su presencia es detectable por un usuario que se aproxime con un medio de transporte desde 200 m de distancia.
  • Su presencia es detectable por un usuario que se aproxime como viandante des de 50 m de distancia.
  • Dispone de medios complementarios de tipo sonoro para su comprensión para personas con limitación total o parcial de la visión.
  • Si la señal está ubicada en el interior de un edificio o un recinto de uso público para viandantes, permitirá su identificación táctil mediante relieve y contraste de colores.

Uno de los medios complementarios que pude solucionar la comprensión por personas con limitación total o parcial de la visión es dotar de información sonora los rótulos de información escrita. Esta información de tipo sonoro se tiene que poder activar por el usuario  que lo necesite para evitar la contaminación acústica permanente para el resto de usuarios.

El sistema idóneo es la activación por mando a distancia, siempre que esté estandarizado.

Otra posibilidad, técnicamente menos costosa, es que la activación se realice mediante un pulsador fácilmente detectable por el usuario. El contraste de color es un aspecto muy importante para la buena legibilidad de la información escrita por parte de todos los colectivos, especialmente para las personas con visión parcial. El relieve de la letra puede ser útil para otras personas.

Criterios de accesibilidad en la comunicación

Definición de barreras de comunicación:
Las barreras de comunicación son las limitaciones que los sistemas de información y comunicación habituales comportan para determinadas personas que tienen alteraciones o discapacidades sensoriales o de otro tipo.


Principales tipologías de alteraciones y discapacidades que afectan a la comunicación:
Las alteraciones y discapacidades pueden afectar a una función de la persona de forma total o parcial.
También hay que tener presente que éstas alteraciones o discapacidades pueden presentarse de forma aislada o conjuntamente con alguna otra discapacidad grave o leve que afecte otras funciones de la persona.

  • Alteraciones de la visión: ceguera, y todas aquellas que afecten a nivel visual, el cromatismo y la fotofobia.
  • Alteraciones de la audición y el habla: sordera, hipoacúsia, sordo-mudismo, trastornos psicomotrices, etc.
  • Alteraciones de la visión y la audición: sordera-ceguera.
  • Otros trastornos que pueden dificultar o alterar la comunicación: dislexia, afasia, retraso mental, autismo, psicosis infantil, parálisis cerebral.
Los extranjeros con desconocimiento de la lengua del país comporta también limitaciones en la comunicación.

Accesibilidad en el transporte: Vehículos adaptados


Circulación interior
Espacio de circulación:

La circulación interior de un vehículo adaptado tiene que cumplir los requisitos siguientes:


  • Tiene que haber un espacio libre para giros de 1,50 m de diámetro.
  • El paso libre tendrá un ancho mínimo de 0,90 m en el espacio de circulación. En el área de pasajeros el paso se puede reducir a un ancho de 0,40 m a 0,55 m.


  • Los desniveles bruscos no superarán los 2 cm y estarán siempre marcados con una señalización del canto contrastada visualmente.
  • Las rampas interiores no superarán 1,10 m de largo, y en ningún caso el 6% de pendiente como máximo.
  • El techo de los pasillos tendrá una altura libre de 2,10 m como mínimo.

  • Las puertas interiores estarán separadas un mínimo de 0,25 m de las esquinas, y el ancho será igual al mínimo establecido para las puertas de acceso. Cuando las puertas sean de cristal, éste tendrá un zócalo inferior de 30 cm de altura como mínimo, y una franja horizontal de 5 cm de ancho, como mínimo, colocada a 1,50 m de altura y con marcado contraste de color.
  • Los mecanismos e instrumentos de accionamiento tienen que estar a una altura por encima del suelo superior a 0,80 m e inferior a 1,10 m.
  • Los señales de avisos se colocarán en el techo en sitios visibles tanto por los pasajeros que viajan sentados como para los que van de pie.


Área de pasajeros:

  • El área de pasajeros de un vehículo adaptado está integrada por dos zonas: plataforma y área de asientos.
  • Para el área de asientos se cumplirán las medidas de accesibilidad d mobiliario adaptado: 0,50 m de altura de asiento, 0,75 m de separación mínima entre respaldos de asientos y 0,65 m de altura libre de obstáculos debajo de las mesas plegables. El ancho mínimo libre de un asiento será de 0,50 m en todo tipo de transporte.
  • La plataforma tendrá un espacio de giro donde se pueda inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro y una zona de almacenamiento para sillas y otros utensilios de ayudas así como equipajes, con unas dimensiones mínimas de 1,20 m x 1,80 m, que se podrá combinar con el área de asientos.









5 de abril de 2011

Accesibilidad en el transporte: Vehículos adaptados

Subida y bajada del transporte público
Transporte público colectivo:
  • El paso, en la entrada y en la salida, tendrá un ancho mínimo de 0,80 m libres de obstáculos; en el caso que se produzca en los dos sentidos será superior a 1,20 m e inferior a 1,60 m, y en el caso que las puertas sean de dos hojas correderas, serán de 0,60 m como mínimo y 0,90 m como máximo cada una.
  • Habrá una indicación clara y comprensible del destino de cada servicio.



  • El nivel del suelo de los autobuses será de 30 cm de altura como máximo. En aquellos casos en que sea imposible la implantación de vehículos de plataforma baja, la adaptación se hará de acuerdo con las características particulares que se definan para cada caso.
  • El suelo de los vehículos quedará enrasado con el pavimento superior de las andanas del transporte ferroviario. A este efecto se admitirá la ayuda de rampas cortas plegables, evitando que el desnivel supere los 10 cm y que la rampa tenga más de 1,10 m de largo.




Transporte por encargo:


El transporte por encargo que sea necesario añadir al transporte regular con carácter complementario (taxi, furgonetas taxi o similares) tendrá que ser adaptado. Será obligatoria la ayuda del conductor incluido en el caso de vehículos adaptados.

Accesibilidad en el transporte: Vehículos adaptados

Para una correcta accesibilidad , en todos los vehículos adaptados se tienen que considerar tres acciones: subida y bajada, circulación interna y área de pasajeros.


Accesibilidad en el transporte: Barreras arquitectónicas en el transporte

Estaciones de transporte ferroviario adaptadas
En las estaciones de transporte ferroviario, referente a la accesibilidad, hay que tener en cuenta dos aspectos:

  • Accesibilidad en la comunicación.
  • Accesibilidad en lo referente a las barreras arquitectónicas, en la cual se tienen que considerar tres conjuntos de espacios: el acceso a las instalaciones, la circulación de los espacios de servicios y el espacio de acceso a los vehículos.


Acceso a las instalaciones:

  • Se facilitará el acceso a todas las dependencias y vehículos a los perros lazarillo, según establece la Ley 10/1993, de 8 de octubre, que regula el acceso al entorno de las personas con disminución visual acompañadas de perros lazarillo (DOGC núm. 1809, de 15-10-1993).
  • Las barandillas de acceso a las instalaciones cumplirán las prescripciones de los apartados de Acceso urbanístico y Accesibilidad en la edificación y, además serán de colores contrastados.
  • La unión entre la vía pública y los accesos a las instalaciones se realizará mediante itinerarios de viandantes o mixtos adaptados, según los conceptos que se establecen en el apartado de Acceso urbanístico.


Circulación en los espacios de servicios:
  • Los espacios de servicios estarán unidos a los accesos de las instalaciones y a los vehículos mediante itinerarios adaptados, según el concepto que se establece en el apartado de Accesibilidad en la edificación.


Espacio de acceso a los vehículos:
  • Las aceras de las andanas se señalizarán en el suelo mediante una franja de textura diferenciada respecto al resto del pavimento. La franja tendrá visualmente una coloración destacada del resto del pavimento.
  • Para las personas con movilidad reducida se dispondrán soportes a 0,75 m de altura respecto al suelo como máximo y a 0,70 m como mínimo, separados 20 cm de la pared.

              

  • El sistema de interfono desde la andana con el personal de control tiene que poder ser manipulado a una altura máxima de 1,00 m respecto al suelo.
  • En las andanas habrá un nivel de iluminación mínimo de 20 lux.


Se recomienda tener un buen nivel iluminación en las andanas de transporte. Así como reforzar la iluminación en las zonas de embarque, límites de andana, puntos de información y accesos.

Accesibilidad en el transporte: Barreras arquitectónicas en el transporte

Paradas de autobús adaptadas
Las paradas de autobús adaptadas cumplirán con las prescripciones siguientes:

  • La altura de la acera respecto la calle será de 0,10 m.
  • La altura local de la acera en la zona de acceso al autobús será de 0,20 m.
  • La marquesina dispondrá de una superficie libre de 0,90m x 1,20m, reservada a la colocación de sillas de ruedas, cochecitos u otros utensilios de ayuda.
  • Las marquesinas no pueden tener paredes de cristal o similares transparentes, a menos que se señalice la superficie con elementos opacos.
  • Debajo de la marquesina, si la hay, la altura mínima libre será de 2,10 m.
  • El límite inferior del nivel de anuncios será de una altura no superior a 1,20 m.


Accesibilidad en el transporte: Barreras arquitectónicas en el transporte

Paradas y estaciones adaptadas
Se pueden distinguir tres tipos de paradas en el transporte urbano e interurbano: paradas de transporte ferroviario, paradas de autobús y paradas de automóviles.

25 de enero de 2011

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Interior de la vivienda
Una vivienda se considera adaptada cuando:



  • En las cocinas hay, entre 0 m y 0,70 m de altura respecto al suelo, un espacio libre de giro de 1,50 m de diámetro como mínimo.
  • Los grifos se accionan mediante mecanismos de presión o palanca.
  • Las llaves de paso, mecanismos eléctricos, porteros automáticos, timbres, cuadros generales, etc., tienen que estar a una altura mínima de 0,40 m y máxima de 1,40 m por encima del suelo, y a una distancia de 0,60 m de las esquinas.

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Interior de la vivienda
Una vivienda se considera adaptada cuando:




  • Las puertas y las aberturas de paso tienen un ancho de 0,80m como mínimo y una altura no inferior a 2m.
  • Los tiradores de las puertas se accionan mediante mecanismos de presión o palanca.
  • En los baños las puertas se abren hacia afuera o son correderas.
  • Hay como mínimo, un baño adaptado, formado por un lavabo, un wc, y una bañera o ducha.
  • Los pasillos tienen un ancho mínimo de 1,10 m. En los recorridos interiores de la vivienda, hay que considerar que el diámetro mínimo necesario para efectuar un giro completo es de 1,50 m.

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Mobiliario en edificios de uso público
Características del mobiliario adaptado:


  • Los elementos salientes y/o volantes que sean superiores a 0,15 m de vuelo y que limiten con itinerarios tendrán como mínimo un elemento fijo y perimetral entre 0 y 0,15 m de altura para que pueden ser detectados por invidentes, o bien se tienen que situar a una altura igual o superior a 2,10 m.
  • Los mecanismos (pulsadores, alarmas, y porteros electrónicos) se situarán entre 1 m y 1,40 m de altura.

  • El mobiliario de atención al público tendrá, total o parcialmente, una altura máxima respecto al suelo de 0,85 m. Si dispone únicamente de acceso frontal, la parte inferior, entre 0 m y 0,70 m de altura, en un ancho de 0,80 m como mínimo, quedará libre de obstáculos para permitir el acceso de una silla de ruedas.
  • La mesa tendrá una altura máxima de 0,80 m. La parte inferior, entre 0 m y 0,70 m de altura, y en un ancho de 0,80 m como mínimo, tendrá que quedar libre de obstáculos para permitir el acceso de una silla de ruedas.
  • El elemento más alto manipulable de los aparatos telefónicos tiene que estar situado a una altura máxima de 1,40 m como máximo. En el caso que el aparato telefónico se sitúe dentro de una cabina de locutorio, ésta tendrá que tener unas dimensiones mínimas de 0,80 m de ancho y 1,20 m de largo libre de obstáculos y el suelo quedará a nivel con el pavimento circundante. El espacio de acceso a la cabina tendrá que tener un ancho mínimo de 0,80 m y una altura mínima de 2,10 m.


  • La plaza de espectador para usuarios con silla de ruedas tendrá unas dimensiones mínimas de 0,80 m de ancho y 1,20 m de largo.

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Vestuarios en edificios de uso público
Un vestuario se considera adaptado cuando cumple las condiciones siguientes:



  • Las puertas tendrán que tener un ancho mínimo de 0,80 m.
  • Los espacios de circulación interior tendrán un ancho mínimo de 0,90 m y en los cambios de dirección el ancho de paso permitirá inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro, sin ser invadido por la obertura de ninguna puerta.

  • Al menos tendrá que existir un espacio libre de giro en el interior del vestuario donde se pueda inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro, sin ser invadido por la obertura de ninguna puerta.

  • El espacio de acceso lateral a las taquillas, bancos, duchas y mobiliario en general tendrá un ancho mínimo de 0,80 m.

  • El espacio útil de al menos una ducha tendrá unas dimensiones mínimas de 0,80 m de ancho y de 1,20 m de largo, además del espacio de acceso lateral. La base de esta ducha quedará a ras del pavimento circundante; dispondrá de un asiento abatible fijado al lado corto del espacio y de dimensiones mínimas de 0,40m x 0,40m.
  • Se dispondrán dos barras de soporte entre 0,70 m y 0,75 m de altura, para que permitan cogerse con fuerza en la transferencia lateral de la ducha. La barra situada al lado del espacio de acceso será batiente. Los grifos se colocaran en el centro del lado más largo, a una altura respecto al suelo de entre 0,90 m y 1,20 m y se accionarán mediante mecanismos de presión o de palanca.
  • Todos los accesorios y mecanismos se colocarán a una altura no superior a 1,40 m y no inferior a 0,40 m.
  • El pavimento será no resbaladizo.
  • En los vestuarios de probadores existirá al menos un espacio que se pueda cerrar de unas dimensiones que permitan inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro sin ser invadido por la obertura de ninguna puerta.
  • Los tiradores se accionarán mediante mecanismos de presión o palanca.
  • Habrá indicadores de servicios de hombres y mujeres que permitan la lectura táctil, con señalización "Hombres-Mujeres" encima del tirador, mediante una letra "H" o "M" en relieve.


Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Dormitorio en edificios de uso público
Un dormitorio se considera adaptado cuando cumple las condiciones siguientes:

  • Las puertas tendrán que tener un ancho mínimo de 0,80 m.
  • Habrá un espacio de giro de 1,50 m de diámetro, como mínimo.
  • Los espacios de acceso lateral a la cama y frontal al armario y mobiliario tendrán un ancho mínimo de 0,80 m.
  • En el caso de haber cama doble, tendrán el espacio de acceso por los dos lados.
  • Todos los mecanismos se colocarán a una altura no superior a 1,40 m y no inferior a 0,40 m.


  • Los tiradores de las puertas se accionarán mediante mecanismos de presión o palanca.
  • En los cambios de dirección, el ancho de paso permitirá inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro.

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Servicio adaptado
Características que tendrá que tener un servicio adaptado:


  • Las puertas tendrán que tener un ancho mínimo de 0,80 m, abrirse hacia fuera o ser correderas.
 
  • Los tiradores de las puertas se accionarán mediante mecanismos de presión o palanca.
  • Tendrá que haber un espacio libre de giro de 1,50 m de diámetro, con una altura entre el nivel del suelo y 0,70 m también libres, para poder maniobrar.
  • El espacio de acceso lateral al wc, la bañera, la ducha y el bidé y el frontal del lavamanos será de 0,80 m como mínimo.
  • El lavamanos no tendrá pié ni mobiliario inferior que estorbe su uso. 


  • Se dispondrá de dos barras de soporte entre 0,70 m y 0,75 m de altura, para que permita cogerse con fuerza en las transferéncias laterales a váters y bidets.
  • La barra situada al lado del espacio de acceso será batiente.
  • Los espejos tendrán colocado el canto inferior a una altura de 0,90 m del suelo.
  • Todos los accesorios y mecanismos se colocarán a una altura no superior a 1,40 m i no inferior a 0,40 m.
 
  • Los grifos se accionaran mediante mecanismos de presión o palanca.
  • Los grifos de las bañeras se colocarán en el centro y no en los extremos.
  • El pavimento será no resbaladizo.
  • Habrá indicadores de servicios de hombres o mujeres que permitan la lectura táctil y con señalización "Hombres-Mujeres" encima del tirador, mediante la letra "H" o "M" en relieve.

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Escaleras en edificios de uso público
Las escaleras de uso público tienen que cumplir las condiciones siguientes:





  • La altura máxima del peldaño es de 16 cm y la huella mínima es de 30 cm. En las escaleras con proyección en planta no recta tiene que tener la dimensión mínima de huella de 30 cm a 40 cm por la parte interior.
  • La huella no presenta discontinuidades donde se une con la contra huella.
  • El ancho de paso útil es igual o superior a 1 m.
  • El número máximo de peldaños seguidos, sin rellano intermedio es de 12.

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Aparcamiento
Una plaza de aparcamiento es adaptada si:

  • Tiene unas dimensiones mínimas para el vehículo de 2,20m x 4,50m.
  • Tiene un espacio de acceso de 0,90 m de ancho, que puede ser compartido y que tiene que permitir la inscripción de un círculo de 1,50 m de diámetro delante de la puerta del conductor.
  • El espacio de acceso está comunicado con un itinerario de uso comunitario adaptado.
  • Está señalizado con un símbolo de acceso en el suelo y una señal vertical en un sitio visible.

24 de enero de 2011

Accesibilidad en la edificación

Itinerario practicable: ascensor

  • La cabina del ascensor tiene que tener, como mínimo, unas dimensiones de 1,20 m en el sentido de acceso, de 0,90 m en sentido perpendicular y una superficie mínima de 1,20 m².
  • En el espacio previsto para un ascensor practicable no se permitirá la colocación de ningún ascensor que no tenga, al menos, ésta consideración.
  • En el espacio situado delante de la puerta del ascensor, se tiene que poder inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro sin ser invadido por la obertura de la puerta.
  • Las botoneras del ascensor, tanto de cabina como de planta, se tienen que colocar entre 1 m y 1,40 m de altura respecto al suelo.

Accasibilidad en la edificación

Itinerarios practicables: puertas

  • Las puertas o pasos entre dos espacios tienen que tener como mínimo 0,80 m de ancho y 2 m de alto. Los tiradores de las puertas se accionan mediante mecanismos de presión o palanca.
  • a ambos lados de cualquier puerta incluida dentro de un itinerario practicable tiene que haber un espacio libre sin ser invadido por la obertura de la propia puerta, donde se pueda inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro (excepto en el interior de la cabina del ascensor).
  • Las puertas de la cabina del ascensor son automáticas, mientras que las del recinto pueden ser manuales.

Accesibilidad en la edificación

Itinerarios practicables: rampas

  • Las rampas tienen que tener una pendiente máxima del 12%, con una largada máxima, sin rellanos, de 10 m. La pendiente transversal máxima tiene que ser del 2% en rampas exteriores.
  • En los dos extremos de las rampas tienen que haber un espacio libre con un fondo de 1,20 m.
  • En los cambios de dirección el ancho de paso tiene que permitir inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro.
  • Como mínimo, en un lado de la rampa tiene que haber un pasamano entre 0,90 m y 0,95 m de altura.