Una vivienda se considera adaptada cuando:
- Las puertas y las aberturas de paso tienen un ancho de 0,80m como mínimo y una altura no inferior a 2m.
- Los tiradores de las puertas se accionan mediante mecanismos de presión o palanca.
- En los baños las puertas se abren hacia afuera o son correderas.
- Hay como mínimo, un baño adaptado, formado por un lavabo, un wc, y una bañera o ducha.
- Los pasillos tienen un ancho mínimo de 1,10 m. En los recorridos interiores de la vivienda, hay que considerar que el diámetro mínimo necesario para efectuar un giro completo es de 1,50 m.
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