12 de enero de 2011

Acceso urbanístico: elementos de urbanización adaptados

Servicios higiénicos adaptados
Un servicio higiénico se considera adaptado cuando cumple los requisitos siguientes:

  • Las puertas tienen que tener una anchura mínima de 0,80 m i se tienen que abrir hacia el exterior.
  • Entre 0 y 0,70 m de altura hay un espacio libre de giro y de maniobra de 1,50 m de diámetro como mínimo.
  • El espacio de acercamiento lateral al wc y frontal al lavamanos tiene una anchura mínima de 0,80 m.
  • El lavamanos no tiene pedestal ni mobiliario inferior que dificulte el acercamiento de personas con silla de ruedas.
  • Dispone de barras de soporte a una altura entre 0,70 y 0,75 m por encima del suelo, para que permita cogerse con fuerza en la transferencia lateral al wc. La barra situada al lado del espacio de acercamiento es abatible.
  • Los espejos tienen colocado el canto inferior a una altura máxima de 0,90 m.
  • Todos los accesorios y mecanismos se colocan a una altura no superior a 1,40 m i no inferior a 0,40 m.
  • Los grifos y los tiradores de las puertas se accionan mediante mecanismos de presión o palanca.
  • El pavimento es no resbaladizo.
  • Los indicadores de servicios de hombres o mujeres tienen que permitir la lectura táctil, con señalización "Hombres-Mujeres" sobre el tirador, mediante las letras "H" y "M" en relieve.

No hay comentarios:

Publicar un comentario