Itinerario de viandantes adaptado
Un itinerario de viandantes se considera adaptado cuando cumple los requisitos siguientes:
- Tener una anchura libre mínima de 0,90 m i una altura libre de obstáculos de 2,10 m.
- En los cambios de dirección, la anchura libre de paso permite inscribir un circulo de 1,50 m de diámetro.
- No incluye ninguna escalera o peldaño aislado.
- La pendiente longitudinal no supera el 8%.
- El pavimento es duro, no resbaladizo y sin gruesos distintos de los propios del gravado de las piezas. Tiene una pendiente transversal no superior al 2%.
- Los elementos de urbanización y de mobiliario que forman parte de éste itinerario son adaptados.
Itinerario mixto de viandantes y vehículos adaptado
Un itinerario mixto se considera adaptado cuando cumple los requisitos siguientes:
- Tener una anchura libre mínima de 3,00 m i una altura libre de obstáculos en todo el recorrido de 3,00 m.
- Los espacios para giro de vehículos, lo permiten con un radio mínimo de 6,50 m respecto el eje del itinerario.
- No incluye ninguna escalera o peldaño aislado.
- El pavimento es duro, no resbaladizo y sin gruesos distintos de los propios del gravado de las piezas. Tiene una pendiente transversal no superior al 2%.
- Los elementos de urbanización y de mobiliario que forman parte de éste itinerario son adaptados.
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