25 de enero de 2011

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Mobiliario en edificios de uso público
Características del mobiliario adaptado:


  • Los elementos salientes y/o volantes que sean superiores a 0,15 m de vuelo y que limiten con itinerarios tendrán como mínimo un elemento fijo y perimetral entre 0 y 0,15 m de altura para que pueden ser detectados por invidentes, o bien se tienen que situar a una altura igual o superior a 2,10 m.
  • Los mecanismos (pulsadores, alarmas, y porteros electrónicos) se situarán entre 1 m y 1,40 m de altura.

  • El mobiliario de atención al público tendrá, total o parcialmente, una altura máxima respecto al suelo de 0,85 m. Si dispone únicamente de acceso frontal, la parte inferior, entre 0 m y 0,70 m de altura, en un ancho de 0,80 m como mínimo, quedará libre de obstáculos para permitir el acceso de una silla de ruedas.
  • La mesa tendrá una altura máxima de 0,80 m. La parte inferior, entre 0 m y 0,70 m de altura, y en un ancho de 0,80 m como mínimo, tendrá que quedar libre de obstáculos para permitir el acceso de una silla de ruedas.
  • El elemento más alto manipulable de los aparatos telefónicos tiene que estar situado a una altura máxima de 1,40 m como máximo. En el caso que el aparato telefónico se sitúe dentro de una cabina de locutorio, ésta tendrá que tener unas dimensiones mínimas de 0,80 m de ancho y 1,20 m de largo libre de obstáculos y el suelo quedará a nivel con el pavimento circundante. El espacio de acceso a la cabina tendrá que tener un ancho mínimo de 0,80 m y una altura mínima de 2,10 m.


  • La plaza de espectador para usuarios con silla de ruedas tendrá unas dimensiones mínimas de 0,80 m de ancho y 1,20 m de largo.

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