25 de enero de 2011

Accesibilidad en la edificación: elementos de la edificación adaptados

Dormitorio en edificios de uso público
Un dormitorio se considera adaptado cuando cumple las condiciones siguientes:

  • Las puertas tendrán que tener un ancho mínimo de 0,80 m.
  • Habrá un espacio de giro de 1,50 m de diámetro, como mínimo.
  • Los espacios de acceso lateral a la cama y frontal al armario y mobiliario tendrán un ancho mínimo de 0,80 m.
  • En el caso de haber cama doble, tendrán el espacio de acceso por los dos lados.
  • Todos los mecanismos se colocarán a una altura no superior a 1,40 m y no inferior a 0,40 m.


  • Los tiradores de las puertas se accionarán mediante mecanismos de presión o palanca.
  • En los cambios de dirección, el ancho de paso permitirá inscribir un círculo de 1,20 m de diámetro.

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