11 de enero de 2011

Acceso urbanístico: elementos de urbanización adaptados

Ascensor adaptado
Un ascensor se considera adaptado cuando cumple los requisitos siguientes:

  • La cabina de ascensor adaptado tiene como mínimo unas dimensiones de 1,40 m en el sentido del acceso y de 1,10 m en el sentido perpendicular.
  • Dispone de pasamanos a una altura entre 0,90 m i 0,95 m. El pasamanos de la cabina tiene un diseño anatómico que permite adaptar la mano, con una sección igual o funcionalmente equivalente a la de un tubo redondo de diámetro entre 3 y 5 cm y separado, como mínimo, 4 cm de los paramentos verticales.
  • Las botoneras, tanto en la cabina como en el rellano, se tienen que colocar entre 1 y 1,4 m de altura respecto el suelo. Las botoneras tienen que tener la numeración en Braille o en relieve.
  • Las puertas de la cabina y del recinto son automáticas, de 0,80 m mínimo de ancho, y delante de éstas se puede inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro.
  • Al lado de la puerta del ascensor y a cada planta tiene que haber un número en relieve que identifique la planta, con una dimensión mínima de 10x10 cm y una altura de 1,40 m des del suelo.

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