12 de enero de 2011

Acceso urbanístico: mobiliario urbano adaptado

Elementos urbanos diversos
Los elementos urbanos se consideran adaptados si cumplen los requisitos de diseño siguientes:

  • Los elementos de acceso al recinto tienen un ancho mínimo de 0,90 m, una altura mínima de 2,10 m y tienen que estar convenientemente señalizados.
  • El mobiliario de atención al público tiene, total o parcialmente, una altura máxima respecto al suelo de 0,85 m. Si dispone solamente de acercamiento frontal, la parte inferior, entre 0 y 0,70 m de altura, con un ancho de 0,80 m como mínimo, queda libre de obstáculos para permitir el acercamiento con silla de ruedas.
  • La mesa tiene que tener una altura máxima de 0,80 m. La parte inferior, entre 0 y 0,70 m de altura, y con un ancho de 0,80 m como mínimo tiene que quedar libre de obstáculos para permitir el acercamiento con silla de ruedas.

  • El elemento más alto manipulable de los aparatos telefónicos se sitúa a una altura máxima de 1,40 m. En el caso de que el aparato telefónico se sitúe dentro de una cabina locutorio, esta tiene que tener unas dimensiones mínimas de 0,80 m de ancho y 1,20 m de largo libres de obstáculos y el suelo tiene que quedar nivelado con el pavimento contiguo. El espacio de acceso a la cabina tiene que tener un ancho mínimo de 0,80 m y una altura mínima de 2,10 m.

  • Los elementos para impedir el paso de vehículos están separados a una distancia mínima de 0,90 m, y tienen una altura mínima de 0,80 m.
  • En graderías y zonas de espectadores, la plaza de un espectador para usuarios con silla de ruedas tiene unas dimensiones mínimas de 0,80 m de ancho y 1,20 m de largo.
  • Los pulsadores se tienen que situar entre 1 y 1,40 m de altura.


  • Los soportes verticales de señales y semáforos tienen los ángulos curvados y se colocan preferentemente en la parte exterior de la acera. Si no hay acera o su ancho es inferior a 1,50 m se colocan tocando a la fachadas o sujetados a éstas. En parques y jardines se situaran en áreas ajardinadas o similares.
  • Cuando se instalen semáforos acústicos, éstos tienen que emitir un señal sonoro indicador del tiempo de paso para peatones, a petición del usuario mediante un mando a distancia.

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